Legalidad Perú
Perú
El Reglamento de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2002-JUS, designó al INDECOPI como la Autoridad Administrativa Competente de la Infraestructura Oficial de Firma Digital. Esta condición fue ratificada por el Reglamento que reemplazó a aquel, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2007-PCM publicado el 14 de enero de 2007 en el diario oficial El Peruano, así como por el Reglamento vigente, sancionado por el Decreto Supremo Nº 052-2008-PCM, publicado el 19 de julio de 2008.
Entre sus principales características destacan: Se encuentran ajustadas a la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Nº 27269), al Reglamento de la misma y a las normas técnicas internacionales sobre la materia.
Según la Ley y el Reglamento de Firmas y Certificados Digitales, los documentos electrónicos (contratos, ofertas, oficios, cartas, etcétera) que lleven firma digital basada en un certificado digital emitido por una entidad acreditada ante el INDECOPI, tendrán el mismo efecto jurídico que un documento manuscrito
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales
Ente Licenciante
INDECOPI
Certificadores Licenciados
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Link de Interés
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